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ÍNDICE
  • Documento de consenso sobre las características diagnósticas recomendadas para la identificación y documentación de la malnutrición en adultos (desnutrición).
  • Posicionamiento sobre la utilización de edulcorantes calóricos y acalóricos.
  • Interacciones fármaco-nutriente.
  • Criterios de la AESAN para incentivar la disminución del contenido de determinados nutrientes en los alimentos transformados.
  • Informe de la AESAN sobre el riesgo asociado a la presencia de plomo en carne de caza silvestre en España.
  • Cambios en la legislación que regula los “productos o alimentos dietéticos”.
  • Respuestas del GREP-AEDN. Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica.
  • Instrucciones para la suscripción al Journal of the Academy of Nutrition and Dietetics (antes JADA).

DOCUMENTO DE CONSENSO SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS DIAGNÓSTICAS RECOMENDADAS PARA LA IDENTIFICACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DE LA MALNUTRICIÓN EN ADULTOS (DESNUTRICIÓN).

La Academia de Nutrición y Dietética de Estados Unidos y la Sociedad Americana de Nutrición Enteral y Parenteral recomiendan, en un recientemente publicado documento de consenso, la utilización de un set de características diagnósticas estandarizado para identificar y documentar la malnutrición y en el marco de la práctica clínica rutinaria. Estas características hacen referencia a la ingesta energética y nutricional, a los cambios de peso producidos en un período determinado de tiempo, a las variaciones en la masa grasa, magra e hídrica del cuerpo, a otros signos físicos y de laboratorio y a la reducción de la fuerza de agarre. El grupo de consenso establece que dicho set debería utilizar una nomenclatura diagnóstica basada en la etiología y que incorpore el conocimiento actual sobre el papel de la respuesta inflamatoria en la incidencia, progreso y resolución de la malnutrición. En su opinión, la utilización de un conjunto de características diagnósticas únicas facilitaría el reconocimiento de la malnutrición, contribuiría a una estimación más válida de su prevalencia e incidencia, así como de las intervenciones y de los resultados esperados. Esta estandarización también tendría consecuencias económicas, ya que permitiría una predicción más exacta y fiel de las cargas y costes asociados a la prevención y tratamiento de la malnutrición, a la vez que se podrían prever los cuidados nutricionales coste-efectivos y de alta calidad.

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POSICIONAMIENTO DE LA ACADEMIA DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA SOBRE LA UTILIZACIÓN DE EDULCORANTES CALÓRICOS Y ACALÓRICOS

La Academia de Nutrición y Dietética (AND) se posiciona, respecto a los edulcorantes, tanto los calóricos como los acalóricos, afirmando que los consumidores pueden incorporar de forma segura ambos edulcorantes en el marco de un plan alimentario saludable. Los autores del trabajo publicado en la revista oficial de la Academia, el Journal of the Academy of Nutrition and Dietetics, califican los edulcorantes nutritivos o calóricos como aquellos que contienen carbohidratos y proporcionan energía y que se encuentran de forma natural en los alimentos, o bien pueden ser añadidos en los alimentos en el procesado o por parte de los consumidores antes de ingerirlos. Se recuerda que una ingesta elevada de azúcares añadidos se asocia a una ingesta elevada de energía y a una menor calidad de la dieta, lo cual puede aumentar el riesgo de obesidad, prediabetes, diabetes tipo 2 y enfermedades cardiovasculares. Respecto los edulcorantes no nutritivos o acalóricos, se definen como aquellos que endulzan con una mínima o nula aportación calórica. En Estados Unidos, dichos edulcorantes están regulados por la Administración de Alimentos y Fármacos (Food and Drug Administration), perteneciente al Departamento de Salud del gobierno norteamericano, como aditivos alimentarios y, son considerados, en general, como seguros. Los siete edulcorantes aprobados para su uso son: acesulfamo K, aspartamo, el extracto de la fruta luo han guo, neotamo, sacarina, estevia y sucralosa. Su proceso de evaluación ha incluido la determinación de la ingesta probable, del efecto acumulativo y estudios toxicológicos en animales. A nivel español, se han transpuesto las cinco Directivas Europeas vigentes, y actualmente los edulcorantes aprobados que tienen dosis máximas establecidas por ley son: acesulfamo potásico y sus sales, aspartamo y sus sales, ácido cliclámico y sus sales, sacarina y sus sales, taumatina, neohesperidina DC, sucralosa y neotamo (Real Decreto 2002/1995; Real decreto 2027/1997; Real Decreto 2197/2004; Orden SCO/2274/2007; y Orden SPI/2957/2010). El documento de la AND incluye una clasificación y repaso de los diferentes tipos de edulcorantes, un repaso sobre el mecanismo de funcionamiento del sabor dulce, datos sobre consumo de diferentes edulcorantes, aspectos reguladores y legislativos y termina con los resultados de una revisión sistemática de la literatura conducida siguiendo el proceso de análisis de la evidencia de la propia Academia.

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Links a la legislación española que contiene la lista positiva de edulcorantes permitidos y condiciones de uso: Real Decreto 2002/1995; Real decreto 2027/1997; Real Decreto 2197/2004; Orden SCO/2274/2007; y Orden SPI/2957/2010.

 

INTERACCIONES FÁRMACO-NUTRIENTE

La amplia medicalización de muchos pacientes convierte a las interacciones entre los fármacos y los nutrientes en un tema de relevancia creciente en la práctica clínica diaria. Este artículo ofrece una mirada amplia a dicha problemática, con un enfoque centrado en las implicaciones en la práctica del dietista clínico o con consulta. Hay que tener en consideración que dichas interacciones pueden afectar a un solo nutriente, a múltiples, a los alimentos en general o al estado nutricional. De esta manera, se puede ver alterado el tratamiento farmacológico, reduciendo o aumentado sus efectos, con el consecuente riesgo de toxicidad, pero también el estado nutricional. Las interacciones entre nutrientes y fármacos ocurren debido a la alternación del sistema de transporte o metabolismo intestinal, de la distribución sistémica o del metabolismo y excreción, así como a efectos sumatorios o antagonistas. En definitiva, tanto fármacos como nutrientes pueden ver alterada su biodisponibilidad, la distribución, el metabolismo y la excreción.

El cuidado óptimo del paciente debería incluir la identificación, la evaluación y el manejo de dichas interacciones, y esta tarea puede verse facilitada por el abordaje sistemático y la categorización de las interacciones y su gradación según su significación clínica, algo que aborda el presente trabajo. Se presentan ejemplos actuales, así como las más clásicas interacciones entre nutrientes y fármacos y algunas definiciones pertinentes que ayudan a la comprensión de los aspectos farmacológicos.

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CRITERIOS DE LA AESAN PARA INCENTIVAR LA DISMINUCIÓN DEL CONTENIDO DE DETERMINADOS NUTRIENTES EN LOS ALIMENTOS TRANSFORMADOS

El volumen número 15 de la revista del Comité Científico de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) incluye un informe sobre criterios para incentivar la disminución del contenido de determinados nutrientes en los alimentos transformados, cuya reducción es de interés para la salud pública. El trabajo, coordinado por el Profesor Jordi Salas Salvadó da respuesta a la demanda requerida por la Dirección Ejecutiva de la misma AESAN y establece los criterios oportunos para impulsar la reducción del contenido de determinados nutrientes, presentes en los alimentos. El modelo propuesto pretende:

  1. ser capaz de inducir la mejora de la composición nutricional de los alimentos en nuestro país, fomentando la innovación por parte de la industria alimentaria,
  2. ser útil a los consumidores de cara a conseguir elecciones alimentarias más saludables.

El trabajo define también las bases para que el modelo propuesto sea objetivo y transparente en sus normas de utilización, y fácil de aplicar por parte de la industria agroalimentaria, y de controlar por parte de las administraciones. Tras la evaluación de las evidencias científicas existentes, el Comité Científico ha considerado que los nutrientes que, consumidos por encima de las recomendaciones nutricionales establecidas, se asocian más al aumento del riesgo de padecer enfermedades crónicas son principalmente los ácidos grasos saturados y trans, los azúcares y la sal. Además, se establecen los alimentos transformados como fuente principal de dichos nutrientes, por su contenido real o por su frecuencia de consumo, por lo que considera que el modelo debe centrarse en la reducción de estos nutrientes en los alimentos procesados. Se propone un modelo basado en el establecimiento de un distintivo a aquellos alimentos transformados que:

  1. dentro de su categoría hayan reducido como mínimo un 30% su contenido en grasas saturadas o azúcares, o en un 25% su contenido en sal,
  2. no superen el contenido medio del resto de nutrientes considerados en este esquema para su categoría, y
  3. cumplan con los perfiles nutricionales que se establecen en el artículo 4 del Reglamento (CE) Nº 1924/2006.

Link al informe (página 43).

 

INFORME DE LA AESAN SOBRE EL RIESGO ASOCIADO A LA PRESENCIA DE PLOMO EN CARNE DE CAZA SILVESTRE EN ESPAÑA

El volumen número 15 de la revista del Comité Científico de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) incluye un informe sobre el riesgo asociado a la presencia de plomo en carne de caza silvestre en España. Recientemente, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) publicó una opinión sobre la presencia de plomo (Pb) en alimentos, en la que dentro del grupo de carne, productos cárnicos y despojos destacan los elevados contenidos de Pb detectados en la carne de caza. Los efectos tóxicos del Pb sobre el organismo son numerosos y bien conocidos. El Sistema Nervioso Central (SNC) el principal órgano diana para su toxicidad y existen claras evidencias que indican una especial sensibilidad a sus efectos neurotóxicos en niños de corta edad y en el feto. En adultos los efectos cardiovasculares y la nefrotoxicidad se han identificado como efectos críticos. Por ello, la Dirección Ejecutiva de la AESAN ha solicitado al Comité Científico que evalúe la situación de la eventual presencia de plomo en carne de caza silvestre en España de cara a establecer las medidas de gestión del riesgo apropiadas. Aunque en España, tanto la información respecto al contenido de Pb en carne de caza silvestre, como el consumo de dicha carne son insuficientes, se ha realizado un análisis que ha puesto de manifiesto que el contenido medio de Pb en las piezas de caza mayor y menor supera los límites máximos establecidos por la Unión Europea para carnes y despojos en general (no hay límites máximos específicos para estos alimentos) y dichos contenidos son similares a los encontrados en el conjunto de Europa y otros países. Respecto al consumo de carne de caza silvestre que realiza la población española, se reconoce que, si bien es más frecuente en los cazadores y sus familias, no se restringe solo a la temporada de caza, y tampoco se debe despreciar el consumo en establecimientos de restauración así como el de productos derivados de dicha carne (salchichón, paté, etc.) por parte de la población general. Por ello, las recomendaciones que establece el comité científico con el fin de proteger la salud de los consumidores de carne de caza silvestre son:

  • Los niños menores de 6 años, mujeres embarazadas y mujeres que planeen quedarse embarazadas no deberían consumir carne procedente de animales cazados con munición de plomo, dado que los fragmentos de plomo no pueden eliminarse con total seguridad y que estos grupos de población son más sensibles a los efectos del plomo sobre la salud y la ingesta incluso de cantidades pequeñas puede ser perjudicial. El plomo puede afectar principalmente al SNC en desarrollo en los niños de corta edad cuando está presente en concentraciones inferiores a aquellas que pueden causar algún efecto adverso.
  • En adultos, limitar el consumo de carne de caza silvestre a un máximo de 1 ración (aprox. 150 g) por semana.
  • Promover campañas de información, dirigidas a los consumidores de carne de caza silvestre, sobre las precauciones a tener en cuenta en la preparación y cocinado de estas carnes a fin de disminuir al máximo la exposición a plomo.
  • A la hora de consumir la carne se debe recortar y eliminar la carne dañada por la munición así como una zona alrededor del canal de entrada dado que los fragmentos de plomo pueden dispersarse alrededor de la herida visible. Se debe eliminar también la carne dañada, decolorada o que contenga pelo, suciedad, restos de hierba, huesos visibles o fragmentos de plomo. En cuanto al lavado, aunque puede reducir el contenido de plomo en tejidos próximos a la herida de salida, estudios llevados a cabo han puesto de manifiesto que también puede extender la contaminación con plomo desde las zonas altamente contaminadas hacia otras zonas.
  • En el caso de la carne picada, se debe limpiar la picadora de carne frecuentemente, preferiblemente antes de su uso con cada animal, dado que el plomo al ser un metal blando puede ser picado junto con la carne extendiendo la contaminación a un lote completo de carne picada.

Link al informe (página 131).

 

CAMBIOS EN LA LEGISLACIÓN QUE REGULA LOS “PRODUCTOS O ALIMENTOS DIETÉTICOS”

La Unión Europea ha propuesto una revisión de de la legislación sobre los productos alimenticios destinados a una alimentación especial contemplados en la Directiva 2009/39/CE, la denominada «Directiva marco sobre alimentos dietéticos».

La UE ha advertido que “[…] algunos explotadores del sector notifican alimentos normales en virtud de la legislación sobre alimentos dietéticos a fin de poder utilizar la indicación de adecuación dietética (obligatoria conforme a lo dispuesto en la legislación en la materia) en vez de la declaración nutricional correspondiente, y así eludir los requisitos previstos en el Reglamento sobre declaraciones nutricionales y propiedades saludables (autorización previa de la UE con evaluación científica). Esta situación produce una distorsión del mercado y da lugar a condiciones de competencia desiguales para los operadores […]”.

En consecuencia, tras un estudio minucioso de las implicaciones socio-económicas de 4 opciones diferentes, se ha propuesto:

  1. Derogar la normativa marco (Directiva 2009/39/CE): esto evitará la diferenciación de “producto o alimento dietético” versus “alimento normal”, provocando que todos los alimentos tengan la misma consideración en la legislación general, y en consecuencia tengan los mismo requisitos a la hora de demostrar declaraciones nutricionales y de propiedades saludables (Reglamento Europeo 1924/2006).
  2. Mantener o incorporar algunas de las normas específicas adoptadas en virtud de este marco y que han aportado un valor añadido a escala europea en cuanto a armonización, claridad y protección al consumidor.

Textos completos:

  • Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad y los alimentos para usos médicos especiales (link).
  • Documento de trabajo de los servicios de la Comisión resumen de la evaluación de impacto que acompaña al documento “Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre alimentos destinados a lactantes y niños de corta edad y alimentos destinados a usos médicos especiales” (link)
RESPUESTAS DEL GREP-AEDN. ENFERMEDAD PULMONAR OBSTRUCTIVA CRÓNICA (EPOC)

En esta ocasión, un/a socio/a de la AEDN, pregunta al GREP-AEDN si disponemos de acceso al texto completo de una guía que está en la Librería de la Evidencia Científica de la Academia de Nutrición y Dietética (AND) sobre “enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC)” y cuyo resumen es de libre acceso a través del siguiente link:

http://www.adaevidencelibrary.com/topic.cfm?cat=3708

 

Apreciado/a ____,

Ante la imposibilidad de conseguir el texto completo de la guía anteriormente citada, hemos buscado algún referente europeo que pudiera ofrecerle información parecida. En este sentido, hemos encontrado la Guía de Práctica Clínica de la American College of Physicians, American College of Chest Physicians, American Thoracic Society, and European Respiratory Society realizada en términos de grados de evidencia científica.

Asimismo, el GREP-AEDN ha hecho una búsqueda bibliográfica para los puntos más destacados que aparecen en el resumen de la guía de la AND (a la que no le hemos podido dar acceso completo), en busca de metaanálisis, revisiones sistemáticas, ensayos clínicos controlados aleatorizados y revisiones simples (por este orden) que pudieran servirle para apoyar su toma de decisiones en torno a dichos puntos.

Le adjuntamos la selección de los mejores artículos encontrados:

EPOC y Terapia Médica Nutricional (TMN):
  • Fernandes AC, Bezerra OM. Nutrition therapy for chronic obstructive pulmonary disease and related nutritional complications. J Bras Pneumol. 2006 Sep-Oct;32(5):461-71. Texto completo (gratuito).
  • Ferreira I, Brooks D, Lacasse Y, Goldstein R. Nutritional intervention in COPD: a systematic overview. Chest. 2001 Feb;119(2):353-63. Texto completo (gratuito).

EPOC y calidad de vida: Tsiligianni I, Kocks J, Tzanakis N, Siafakas N, van der Molen T. Factors that influence disease-specific quality of life or health status in patients with COPD: a systematic review and meta-analysis of Pearson correlations. Prim Care Respir J. 2011 Sep;20(3):257-68. Texto completo (gratuito).

EPOC y determinación de las necesidades energéticas: Slinde F, Grönberg AM, Svantesson U, Hulthén L, Larsson S. Energy expenditure in chronic obstructive pulmonary disease-evaluation of simple measures. Eur J Clin Nutr. 2011 Dec;65(12):1309-13. Resumen.

EPOC, densidad mineral ósea y osteoporosis:

  • Karadag F, Cildag O, Yurekli Y, Gurgey O. Should COPD patients be routinely evaluated for bone mineral density? J Bone Miner Metab. 2003;21(4):242-6. Resumen.
  • Smith BJ, McElroy HJ, Laslett LL, Pile KD, Phillips PJ, Phillipov G, Evans SM, Weekley JS, Pilotto LS. Osteoporosis screening in people with airways disease. Chron Respir Dis. 2005;2(1):5-12. Resumen.
EPOC y suplementación (incluye vitaminas):
  • Tsiligianni IG, van der Molen T. A systematic review of the role of vitamin insufficiencies and supplementation in COPD. Respir Res. 2010 Dec 6;11:171. Texto completo (gratuito).
  • Al-Ghimlas F, Todd DC. Creatine supplementation for patients with COPD receiving pulmonary rehabilitation: a systematic review and meta-analysis. Respirology. 2010 Jul;15(5):785-95. Resumen.
  • Ferreira IM, Brooks D, Lacasse Y, Goldstein RS, White J. Nutritional supplementation for stable chronic obstructive pulmonary disease. Cochrane Database Syst Rev. 2005 Apr 18;(2):CD000998. Resumen.
  • Puhan MA, Schünemann HJ, Frey M, Bachmann LM. Value of supplemental interventions to enhance the effectiveness of physical exercise during respiratory rehabilitation in COPD patients. A systematic review. Respir Res. 2004 Dec 2;5:25. Texto completo (gratuito).

Manejo de la intensificación de la EPOC: Bach PB, Brown C, Gelfand SE, McCrory DC; American College of Physicians-American Society of Internal Medicine; American College of Chest Physicians. Management of acute exacerbations of chronic obstructive pulmonary disease: a summary and appraisal of published evidence. Ann Intern Med. 2001 Apr 3;134(7):600-20. Texto completo (gratuito).

Esperamos que valore positivamente el esfuerzo y que la información ofrecida sea de su interés y le ayude en su toma de decisiones. Si necesitara solucionar cualquier otra cuestión, no dude en consultarnos de nuevo.

Atentamente,

Grupo de Revisión, Estudio y Posicionamiento de la Asociación Española de Dietistas-Nutricionistas (GREP-AEDN) info@grep-aedn.es / http://www.grep-aedn.es

INSTRUCCIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN AL JOURNAL OF THE ACADEMY OF NUTRITION AND DIETETICS

Con el cambio de nombre de la Asociación Americana de Dietética (American Dietetic Association) a Academia de Nutrición y Dietética (Academy of Nutrition and Dietetics) también ha cambiado la denominación de su revista científica oficial. Así, el Journal of the American Dietetic Association, JADA, ha pasado a llamarse Journal of the Academy of Nutrition and Dietetics (JAND). Los socios y socias de la AEDN inscritos al JADA disponen de acceso gratuito a los textos completos del JAND. Sin embargo, si tenían seleccionado el sistema de alertas para recibir las nuevas publicaciones, deberán escoger la nueva denominación de la revista para seguir recibiendo dichas notificaciones.

En el siguiente enlace se encuentran las instrucciones para la suscripción, que se lleva a cargo por parte del GREP-AEDN, tanto para socios de la AEDN, como para asociaciones o colegios profesionales.

 

   
   

Autores: Maria Manera Bassols, Julio Basulto Marset, Eduard Baladia Rodríguez, (GREP-AEDN).

Cita sugerida: Manera M, Basulto J, Baladia E. Newsletter del GREP-AEDN de abril de 2012. Newsletter del GREP-AEDN. 2012; 4(4)

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