GREP-AEDN

GRUPO DE REVISIÓN, ESTUDIO Y POSICIONAMIENTO DE LA

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE DIETISTAS-NUTRICIONISTAS

 

Newsletter del GREP-AEDN - Volumen 3, Nº10 Octubre 2011

 

“La duda es la madre del descubrimiento”

(Ambrose Bierce)

 

 

Recomendaciones nutricionales basadas en la evidencia para la prevención y el tratamiento del sobrepeso y la obesidad en adultos

(Consenso FESNAD-SEEDO)

 

Así empieza el prólogo, firmado por Roberto Sabrido (presidente de la AESAN), del flamante consenso de la Federación Española de Sociedades de Nutrición, Alimentación y Dietética  (FESNAD) y la Sociedad Española para el Estudio de la Obesidad (SEEDO) sobre prevención y tratamiento del sobrepeso y la obesidad:

¿Comer cinco comidas al día es aconsejable o no tiene trascendencia en el peso del individuo? ¿Adelgazan las dietas ricas en fibra? ¿Cuántas calorías deben consumirse por debajo de las requeridas diariamente para perder peso? ¿Cuál es la mejor dieta para adelgazar? Éstas son preguntas a las que probablemente muchos profesionales sanitarios se hayan enfrentado en la consulta y que, en ocasiones, les habrán hecho plantearse si realmente conocen la respuesta correcta. Tampoco les ayuda la gran oferta de fuentes a las que acudir para informarse, algunas de ellas con escaso soporte científico y en otros casos con diferencias llamativas entre las recomendaciones que en las mismas se ofrecen. 

Y sigue

Otro factor que aumenta la confusión en este campo es la multiplicidad de voces que se consideran autorizadas para suministrar consejos y prescribir dietas: pocas personas se atreverían a ofrecer recomendaciones sobre cómo puede construirse un cohete espacial; sin embargo, en nutrición ocurre todo lo contrario, pues todo el mundo cree saber de esta materia basándose en su propia experiencia al alimentarse. Este hecho favorece la existencia de multitud de mitos y prejuicios, incluso entre profesionales sanitarios, así como la proliferación de dietas milagro, algunas realmente pintorescas.

Este documento, que tiene por objetivo examinar los datos científicos publicados hasta el momento actual sobre la eficacia, las ventajas y los inconvenientes de los diferentes enfoques nutricionales que se han ensayado en la prevención y en el tratamiento de la obesidad, se presentó en el marco del congreso de la SEEDO en octubre y ha sido publicado en la Revista Española de Obesidad (Vol. 9, Suplemento 1, Octubre 2011).

Según Roberto Sabrido, este documento es “una herramienta de gran utilidad para el profesional sanitario, que le permitirá prescribir dietas basándose en el mejor conocimiento existente y contestar, con exactitud, a las numerosas preguntas que seguramente recibe en la consulta y fuera de la misma. Asimismo, nos permitirá a las autoridades sanitarias diseñar políticas y programas apoyándonos en el análisis riguroso de la eficacia y la eficiencia de determinadas actuaciones”.

Resulta imposible resumir un documento de estas características, ya que su lectura detallada de principio a fin resulta imprescindible para el D-N, motivo por el cual recomendamos encarecidamente que sea leído con detenimiento. Sólo avanzamos que para clasificar la evidencia científica se ha tenido en cuenta el diseño del estudio y el riesgo de sesgo y que, en función de la calidad de dicha evidencia, se han establecido las recomendaciones. Ambas, evidencias y recomendaciones, han sido establecidas para la prevención y el tratamiento y hacen referencia, en el caso de la prevención, a la densidad energética, al equilibrio energético (ambiente obesogénico, comer fuera de casa, tamaño de las raciones, desayuno, aperitivos, frecuencia), patrones alimentarios (dieta mediterránea, dietas vegetarianas), nutrientes (hidratos de carbono, lípidos, proteínas, vitaminas y minerales, fibra dietética, agua, etanol) y alimentos (frutas y hortalizas, cereales integrales, azúcares, bebidas azucaradas, aceite de oliva, frutos secos, carne). Para el tratamiento, se analiza la dieta hipocalórica equilibrada, dietas que modifican grasas vs. hidratos de carbono, dietas con modificación del tipo de hidratos de carbono, dietas hiperproteicas, dietas de sustitución de comidas, dietas de muy bajo contenido calórico y la dieta mediterránea.

Por último, el GREP-AEDN quiere felicitar a nuestro compañero Julio Basulto, al que agradecemos el excelente trabajo hecho como redactor adjunto y por haber representado a nuestra profesión en un documento de tanta trascendencia.

Link al documento Recomendaciones nutricionales basadas en la evidencia para la prevención y el tratamiento del sobrepeso y la obesidad en adultos (Consenso FESNAD-SEEDO).

 

 

ACLARACIONES SOBRE EL CONTENIDO EN MERCURIO DEL PESCADO

Debido a las múltiples consultas que el GREP-AEDN ha recibido en relación al contenido de mercurio en el pescado, y a raíz de las recomendaciones de consumo de dicho alimento que emitió la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) (que detallamos en una anterior Newsletter http://www.grep-aedn.es/newsletter/mayo2011.htm), y teniendo en cuenta las múltiples denominaciones comunes que reciben los pescados en diferentes idiomas, deseamos aclarar cuáles son las especies a las que hacen referencia las recomendaciones.     

Según la Resolución de 22 de marzo de 2011, de la Secretaría General del Mar, por la que se establece y se publica el listado de denominaciones comerciales de especies pesqueras y de acuicultura admitidas en España, la denominación científica de las 4 especies más contaminadas por mercurio son:

·         Pez espada: Xiphias gladius

·         Atún rojo: Thunnus thynnus

·         Lucio: Esox lucius

·         Tiburón: varias especies (consultar el listado en dicha Resolución).

Una de las dudas más frecuentes que se nos ha transmitido es si las recomendaciones de consumo de pescado en general, y de atún en particular, hacen también referencia al atún en conserva. El consumo de filete de atún rojo es poco habitual en nuestro entorno, pero en cambio, las latas de atún en conserva sí son muy usuales. Las especies más habituales en las conservas son el Thunnus albacares y Thunnus obsessus  (atún claro), el Thunnus alalunga (atún blanco o bonito del Norte) y el Katsuwonus pelamis, comercializada bajo la denominaciónatún”. Todas ellas son de menor tamaño que la variedad roja. Se sabe que la dimensión del animal es uno de los factores que más afecta a su contenido en mercurio (además del tipo de alimentación, y por lo tanto, del lugar donde vive, y de la edad), por lo que el contenido en metales pesados del atún en conserva debería ser menor.  

Según el Reglamento (CEE) 1536/92 del Consejo, de 9 de junio de 1992, por el que se aprueban normas comunes de comercialización para las conservas de atún y de bonito, bajo la denominación de “atún” se pueden incluir las siguientes especies:

1.     Especies del género Thunnus

a)     Atún blanco o Albacora o Bonito del norte (Thunnus alalunga)

b)    Atún de aleta amarilla (Rabil) [Thunnus (neothunnus) albacares]

c)     Atún rojo (Thunnus thynnus)

d)    Patudo [Thunnus (Parathunnus) obesus]

e)     Otras especies del género Thunnus

 

2.     Listados o bonitos de vientre rayado: [Euthynnus (Katsuwonus) pelamis]

 

Y bajo la denominación de “bonito”, se pueden incluir las siguientes especies:

1.     Especies del género Sarda

a)     Bonito atlántico (Sarda sarda)

b)    Bonito del Pacífico oriental (Sarda chiliensis)

c)     Bonito del Índico (Sarda orientalis)

d)    Otras especies del género Sarda

 

2.     Especies del género Euthynnus, excepto la especie Euthynnus (Katsuwonus) pelamis

a)     Bacoreta (Euthynnus alleteratus)

b)    Bacopreta oriental (Euthynnus affinis)

c)     Bacoreta negra (Euthynnus lineatus)

d)    Otras especies del género Euthynnus

 

3.     Especies del género Auxis

a)     Melva (Auxis thazard)

b)    Auxis rochei

 

Además, el Real Decreto 1219/2002, de 22 de noviembre y Real Decre­to 1385/20­09, de 28 ­de agosto, determinan que las especies que pueden denominarseatún claro” son Thunnus albacares (atún de aleta amarilla o rabil) y Thunnus obsessus (patudo).

Sin embargo, es importante aclarar que en virtud de la facultad conferida por el citado Reglamento, puede darse que en otros Estados miembros, o en los Estados que forman parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se encuentren reconocidas legalmente bajo la misma denominaciónatún claroconservas de atún elaboradas con especies diferentes de la reconocida en España. En este caso, deberá especificarse en el etiquetado: “...siempre que ésta se complete con la indicación de la especie de que se trate, de manera que permita al comprador conocer su naturaleza real y distinguirlo de los productos con los cuales podría confundirse”.

Ante esta compleja situación, la opinión del GREP-AEDN es hacer extensible las recomendaciones de consumo de pescado a las conservas de atún, particularmente teniendo en cuenta que existen otras muchas especies de pescado azul de pequeño calibre (sardinas, caballa…).

Link al REAL DECRETO 1219/2002, de 22 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1521/1984, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria de los establecimientos y productos de la pesca y la acuicultura con destino al consumo humano.

Link al Reglamento (CEE) 1536/92 del Consejo, de 9 de junio de 1992, por el que se aprueban normas comunes de comercialización para las conservas de atún y de bonito.

Link al Real Decre­to 1385/20­09, de 28 ­de agosto,­ por el qu­e se modif­ica el Rea­l Decreto ­1521/1984,­ de 1 de a­gosto, por­ el que se­ aprueba l­a reglamen­tación téc­nico-sanit­aria de lo­s establec­imientosproductos­ de la pes­ca y acuic­ultura con­ destino a­l consumo ­humano

Link a la Resolución de 22 de marzo de 2011, de la Secretaría General del Mar, por la que se establece y se publica el listado de denominaciones comerciales de especies pesqueras y de acuicultura admitidas en España.

Link al Newsletter del GREP-AEDN - Volumen 3, Nº5 Mayo 2011 con las Recomendaciones para el consumidor de la agencia española de seguridad alimentaria y nutrición: crustáceos, pescado y hortalizas.

 

 

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